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LOCALES

6 de diciembre de 2020

La Provincia habilitó eventos culturales, artes escénicas, y natatorios

El Gobierno de la Provincia de Bs As, mediante Decreto Nº1103/20 autorizó en ANEXO ÚNICO para los Municipios que se encuentran en distanciamiento social, preventivo y obligatorio actividades económicas, industriales, comerciales, de servicio, artísticas y deportivas, cuyos protocolos han sido aprobados por el Ministerio de Salud de la Pcia. de Bs As.

En virtud  de ello, el Municipio de Pergamino hace saber que:

Se habilitan NATATORIOS. Los mismos están destinados a usuarios de distintas actividades acuáticas sociales o recreativas, atletas de alto rendimiento y atletas federados. Todo sujeto al cumplimiento del protocolo de natatorios, autorizado por la autoridad sanitaria provincial.
Los natatorios que no tengan habilitación comercial definitiva, podrán funcionar en los términos del Decreto n 1103/20 en la medida que hayan iniciado los trámites de permisos temporales, tal como se lleva a cabo anualmente en relación con la temporada 2020/2021, y en la medida que cumplan con la totalidad de los requisitos exigidos por la Dirección de Habilitaciones y Control de Actividades Económicas.(Página 38 a 46)   Protocolo

. Podrán realizarse EVENTOS CULTURALES con concurrencia de hasta CIEN (100) personas al aire libre. La misma debe ajustarse al protocolo aprobado por la autoridad sanitaria nacional. Quien realice el evento, deberá notificar dicha circunstancia al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, con una antelación no menor a cinco (5) días previos a la realización de la actividad. Dicha notificación se llevará a cabo completando un formulario que encuentra en la página web; gba.gob.ar/cultura

Protocolo 

. Podrán desarrollarse actividades relativas a las ARTES ESCENICAS y a las ARTES MUSICALES, con o sin asistencia de espectadores, TENIENDO COMO LÍMITE EL TREINTA (30%) DE AFORO de la capacidad habitual permitida para todos aquellos establecimientos con asistencia de espectadores. Quien haga uso de estas actividades, deberá notificar dicha circunstancia al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, con una antelación no menor a cinco (5) días previos a la realización de la actividad. Dicha notificación  se llevará a cabo completando un formulario que encuentra en la página web; gba.gob.ar/cultura

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